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Copagos y Cuotas Moderadoras 2010
 
 
Copagos Régimen Contributivo

Fuente: Solsalud

En atención al acuerdo 260/2004 y 365 de 2008, los nuevos valores de cuotas moderadoras y copagos régimen contributivo, vigencia 2010

¿Qué es la cuota moderadora? 

Tienen por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por la EPS.
 
VALOR CUOTAS MODERADORAS

CATEG. 
1
Afiliados con IBC (ingreso base de cotización) menor a 2 salarios mínimos   $2.100
2
Afiliados con IBC entre 2 y 5 salarios mínimos $8.000
3
Afiliados con IBC mayor a 5 salarios mínimo $20.900


La cuota moderadora respectiva deberá pagarla el afiliado cotizante o beneficiario en el momento de acceder a los siguientes servicios

 Consulta medica general, odontológica, paramédica y de medicina alternativa aceptada.
 Consulta externa por médico especialista
 Examen de diagnóstico por laboratorio clínico
 Examen de diagnósticos por imagenología 
 Formula de medicamentos ambulatorios
 Atención en el servicio de urgencias, cuando esta atención no fuera de carácter vital para el paciente. 

El primer servicio de consulta externa que requiere un afiliado en el año calendario esta excento de cobro de cuota moderadora  según  acuerdo 260/2004.

Si el usuario esta inscrito en un programa especial en el cual debe seguir un plan rutinario de actividades de control, o requiere actividades de promoción y prevención, no habrá lugar a cuota moderadora.

¿Qué es un Copago?

Es el aporte en dinero que corresponde a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad  ayudar a financiar el sistema.
 
VALOR COPAGOS

Deben Cancelar Copagos los beneficiarios del afiliado cotizante asi:

SMLMV*
Ingreso base de Cotización
Menor a 2 SMLMV*
Entre 2 y 5 SMLMV*
Mayor a 5 SMLMV*
Porcentaje del valor del servicio
11.5%
17.3%
23.0%
Tope máximo por servicio (manejo de una patología especifica en el mismo año
$147.805
$592.250
$1.184.500
Tope máximo por año (valor máximo por año en diferentes patologías
$296.125
$1.184.500
$2.369.000


*
SMLMV: salario mínimo legal vigente fijado en $515.000=

Los beneficiarios del afiliado cotizante deberán cancelar copagos a todos los servicios contemplados en el plan Obligatorio de salud, con excepción de:

 Servicios de promoción y prevención
 Programa de control en  atención materno infantil, excepto la atención del parto
 Programa de control en atención de las enfermedades transmisibles
 Enfermedades catastróficas o de alto costo
 La atención inicial de urgencias
 Los servicios que fueron objeto de cobro de cuotas moderadoras  
 
Para mayor informaciòn, favor comunicarse con nuestra línea gratuita de atenciòn al usuario 018000979969

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